CAMBIOS AL SISTEMA DE JUSTICIA EL INQUISIDOR LUIS A. VARGAS TORRES.
El 18 de junio de 2008 en el diario oficial de la federación se publican cambios a la Constitución Política de los EUM, dando sustento al sistema de justicia acusatorio Adversarial. Viene a cambiar totalmente el sistema de justicia penal tradicional.
Deberá operar en toda la nación el 18 de junio de 2016, sin excusa ni pretexto, sin dilaciones, en Tamaulipas se capacita tanto al poder judicial como a los abogados litigantes, seguramente ya se toman medidas para contar con las salas de juicios orales.
Como antecedentes tenemos que México celebró una serie de Pactos y Convenciones Internacionales que le obligan a adoptar este sistema que lleva implícito el respeto a los Derechos Humanos y a los derechos sociales y políticos.
Firmó en la Convención Americana de Derechos Humanos, su brazo ejecutor es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ¿le suena con Ayotzinapa y Tlatlaya?, Pacto Internacional de Derechos civiles y políticos ¿le dice algo los candidatos independientes? No lo legislaron por ocurrencias si no por obligación.
Firmó la Convención Americana para prevenir, erradicar y sancionar la tortura, el Tratado de libre Comercio obliga a adecuar la legislación ad hoc con la Estadunidense y Canadiense con juicios orales, además firma la Convención de Viena que obliga a México a respetar los Pactos y Convenios Internacionales.
Ernesto Zedillo le da Jurisdicción a la Corte Americana de Derechos Humanos con sede en San José de Costa Rica para obligar a México a respetar los Derechos Humanos, pudiendo ser aislado por violación a garantías individuales como Cuba y Venezuela con sanciones económicas y políticas hasta declararle Estado fallido por crímenes de Lesa Humanidad.
Volviendo al nuevo sistema penal es bastante benévolo para la ciudadanía toda vez que da igualdad tanto a ofensores y víctimas se les trata por igual, se considera al imputado inocente hasta en tanto no se demuestre lo contrario, da garantías de debido proceso (recuerde a Florence Casses la francesa liberada por un efecto corruptor de la prueba o teoría del árbol envenenado).
La prisión es una excepción no la norma como en el antiguo sistema, se busca la reparación del daño, se manejan tres etapas, la inicial con detenido (sólo en causas graves) y sin detenido, la carga de la prueba es del Ministerio Público, apegándose al principio de lealtad, objetividad y debida diligencia.
La víctima, con un asesor jurídico victimal puede realizar investigaciones a la par con el MP, los indiciados ya no declaran ahora se les entrevista, los MP ya no se constituirán en el lugar de los hechos lo harán sus auxiliares; la Policía y los Peritos.
En fin acudimos a un cambio de nuestros órganos y leyes fortalecidos con nuevas leyes como la ley general de víctimas del delito, ley general de interés superior del menor, ley para erradicar y prevenir la tortura, contra violencia de género y modificación del juicio de amparo etc.
Huelga decir que los abogados litigantes pasarán a ser las estrellas de los juicios, los ministerios públicos andarán al filo de la navaja, violando sus principios podrían ser suspendidos y/o enjuiciados como ya se ha dado en otros Estados como Guanajuato y Michoacán. Por su parte los 3 jueces conocerán del caso hasta la apertura del juicio oral.
Las cárceles se vaciarán, muchas injusticias podrán ser subsanadas, los presos actuales podrán apegarse a mecanismos de justicia alternativa para subsanar sus daños y salir libres. Enhorabuena por el sistema de justicia aunque no los hayan impuesto desde el extranjero.
No hay comentarios:
Publicar un comentario